¡Basta de despidos por motivos ideológicos en los aeropuertos!

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El pasado mes de agosto Victoria Taibo fue despedida como recepcionista de las Salas VIP del aeropuerto de Madrid-Barajas por la empresa Gestió i Serveis Trade Center porque AENA anuló su acreditación de acceso a la Zona Restringida de Seguridad, sin la cual no podía acceder a su puesto de trabajo. La División
de Seguridad Aeroportuaria, dependiente de AENA, la declaró NO IDONEA, sin que hasta la fecha se haya expuesto el motivo concreto.


Por razones de seguridad, se sigue un proceso para conseguir dicha acreditación, donde se solicitan los antecedentes penales. En este caso concreto, sin embargo, ni existían antecedentes penales ni de Policía Nacional ni de la Guardia Civil. Entonces, ¿por qué y en base a qué se ha denegado dicha acreditación?

Tras la reforma reciente del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil en febrero de este año, toda trabajadora o trabajador contratado por primera vez, debe someterse a una comprobación reforzada de cara a obtener dicha acreditación, que incluirá información del Centro Nacional de Inteligencia (CNI). ¿Qué información tiene el CNI de una persona que ni siquiera tiene antecedentes policiales?

Estamos ante una actuación gravísima, propia de regímenes autoritarios con listas negras y caza de brujas. Un mero comentario en Facebook o Twitter, o acudir a una manifestación o a un acto político que no sea del agrado de la policía o el CNI, y puedes ser despedido.

El de Victoria no es el único caso. Patxi Zamora, auxiliar de vuelo de Iberia, fue despedido tras 32 años de trabajo al negarle AENA y la Guardia Civil la renovación de su acreditación. La razón que dieron -tras requerírselo los tribunales- fue que era una persona «próxima a entornos potencialmente peligrosos para la seguridad aérea»: por ir en una lista electoral avalada por partidos políticos completamente legales, y por haber denunciado diversos casos de corrupción. Tampoco tenía antecedentes penales ni policiales.


Si se puede actuar con tal arbitrariedad en estos casos, ¿por qué no cuando se trata de un sindicalista que promueve una huelga en las instalaciones del aeropuerto? ¿Por qué no contra un trabajador o trabajadora que manifieste discrepancias con AENA o cualquier empresa para la que trabaje, o que tenga opiniones políticas que se califiquen de «amenaza» por el CNI? ¿Cómo se controla que no haya una actuación arbitraria de la Administración? ¿Se monitorean las redes sociales de trabajadores y trabajadoras de cara a decidir si es o no idónea? ¿Cómo se garantiza que no se retira una acreditación simplemente para deshacerse de un trabajador o trabajadora que exija sus derechos o reclame sus salarios?

Por todo ello, manifestamos nuestra solidaridad con Victoria Taibo, y exigimos la nulidad del despido que ha sufrido por motivos ideológicos y su inmediata readmisión en su puesto de trabajo.


¡NO A LA LEY MORDAZA DE LOS AEROPUERTOS!


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