La juez considera que se vulneraron derechos fundamentales y se discriminó a la trabajadora al despedirla y condena al sindicato a readmitirla y pagarle una indemnización de 60.000 euros. Comisiones ya ha recurrido la sentencia.
 
 
 
Se trata del caso de Pilar Martínez, ex secretaria de Industria del sindicato en Guadalajara, que fue despedida el pasado 19 de junio tras reincorporarse de su baja por maternidad y solicitar una reducción de jornada y otras medidas para conciliar la vida familiar y laboral que le fueron denegadas.
 
Según ha podido saber SER GUADALAJARA, el juzgado de lo social número uno de Guadalajara ha fallado ahora declarando nulo este despido al entender que se produjo exclusivamente por solicitar esas medidas, lo que considera discriminatorio hacia la trabajadora.
 
En la sentencia se considera probado que cuando Martínez solicitó estos mecanismos, varios responsables del sindicato a nivel nacional y regional le pidieron que dimitiera, algo a lo que ella se negó. Sólo dos días después de celebrarse esa reunión, recibió un escrito en el que Comisiones le comunicaba el cese automático de su cargo.
 
Lo destacable de esta sentencia es, por un lado la cuantía de la indemnización, 60.000 euros y la obligación de readmisión inmediata de esta trabajadora, y por otro el hecho de que la juez ha tenido en cuenta que es un sindicato el que vulnera éstos derechos fundamentales, entendiendo que es una empresa que debe dar ejemplo en esta materia.
 
Aunque la trabajadora era secretaria de Industria en la provincia, las gestiones se llevaron a cabo a nivel regional y estatal y el juzgado considera responsables de forma solidaria a Comisiones en Guadalajara, la Federación de Industria de Castilla-La Mancha y la Federación de Industria a nivel Nacional, al entender que se trata del mismo grupo de empresas a efectos laborales.
 
El sindicato ya ha presentado recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

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